Espero que este mensaje te encuentre bien. El año pasado ha sido difícil para todos, especialmente para aquellos que han perdido a un ser querido por COVID-19. La crisis económica que resultó de la pandemia ha exacerbado la tensión financiera que sienten la mayoría de los paseños y para aquellos que perdieron a un ser querido, los gastos fúnebres agravaron su situación.
Es por eso que he trabajado para asegurar la asistencia monetaria de FEMA a través de la Ley Suplementaria de Alivio y Respuesta al Coronavirus y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense para las familias de El Paso que han sufrido la pérdida de un ser querido.
A partir de hoy, 12 de abril de 2021, los paseños que hayan perdido a un ser querido podrán solicitar asistencia financiera para los gastos fúnebres relacionados con COVID-19 en forma de reembolso. Los paseños que cumplan con los requisitos podrán recibir hasta $9,000 por entierro o funeral.
Para aplicar, debes llamar al número gratuito 844-684-6333 de 7 am a 7 pm MT. Atención en español está disponible.
Para ser elegible para asistencia de gastos fúnebres, debes cumplir con estas condiciones:
- La muerte debe haber ocurrido en los Estados Unidos.
- El certificado de defunción debe indicar que la muerte se atribuyó a COVID-19
- Aunque no se considera el estado migratorio del fallecido, el solicitante debe ser ciudadano estadounidense, residente legal, refugiado o ciudadano no ciudadano que haya incurrido en gastos fúnebres después del 20 de enero de 2020
Ten en cuenta que FEMA solo brindará asistencia para el funeral de un ser querido fallecido por solicitud. Si varias personas contribuyeron a los gastos del funeral, deben registrarse en una sola solicitud como solicitante y co-solicitantes.
Si reúnes los requisitos para recibir asistencia financiera, debes de estar listo/a para proporcionar la siguiente documentación:
- Un certificado oficial de defunción que atribuya la muerte directa o indirectamente a COVID-19 y demuestre que la muerte ocurrió en los Estados Unidos, incluyendo los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia.
- Documentos de gastos fúnebres (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyan el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y las fechas en que se incurrieron los gastos fúnebres.
Si eres aprobado para la asistencia de gastos fúnebres, recibirás un cheque por correo postal, o fondos mediante depósito directo, dependiendo de la opción que elijas cuando solicites la asistencia.
Para obtener más información sobre la asistencia funeraria de FEMA, haz clic aquí.